El Tramitador Procesal es quien materializa, bajo la dirección del Letrado de la Administración de Justicia (LAJ), el grueso de los actos de comunicación y la confección de los documentos del procedimiento. Los actos de comunicación se realizan "bajo la dirección del Letrado de la Administración de Justicia", responsable de su adecuada organización (art. 152.1 LEC), pero su ejecución práctica corresponde a los funcionarios de tramitación y auxilio. Conviene dominar las cinco clases de actos de comunicación del art. 149 LEC: notificaciones (dan noticia de una resolución, diligencia o actuación), emplazamientos (señalan un plazo para comparecer o actuar), citaciones (fijan lugar, día y hora para comparecer y actuar), requerimientos (ordenan una conducta: hacer, no hacer o entregar) y mandamientos y oficios (dirigidos a registradores, autoridades y funcionarios).
Cada acto de comunicación se documenta mediante el instrumento adecuado. La cédula es el documento que se entrega al destinatario cuando la comunicación no se hace por entrega de copia de la resolución íntegra. Según el art. 152.4 LEC y el art. 161, la cédula debe contener: el tribunal que dictó la resolución y el asunto; el nombre y apellidos de la persona a quien se dirige; el objeto de la comunicación; el lugar, día y hora de la comparecencia (en citaciones y emplazamientos), o el plazo para actuar (emplazamientos); la prevención de los efectos del incumplimiento; y la fecha y firma del LAJ o del funcionario que la expida.
Los medios y formas de comunicación se gradúan en los arts. 152 a 168 LEC:
El cómputo de plazos es materia esencial del tramitador. Conforme al art. 133 LEC, los plazos se cuentan desde el día siguiente a la notificación y vencen a las 24 horas del último día; si el plazo es por meses o años, se computa de fecha a fecha. Son inhábiles los sábados, domingos, festivos, el 24 y 31 de diciembre y los días del mes de agosto (art. 130 LEC), que se excluyen del cómputo de los plazos señalados por días. Los plazos son improrrogables (art. 134 LEC), de modo que transcurridos producen la preclusión y la pérdida del trámite (art. 136 LEC); no obstante, los escritos pueden presentarse hasta las 15 horas del día hábil siguiente al vencimiento.
El tramitador colabora en la confección de las resoluciones. Las del LAJ se denominan diligencias y decretos (art. 206.2 LEC): se extiende diligencia de ordenación para dar a los autos "el curso que la ley establezca", y diligencias de constancia, comunicación o ejecución para reflejar en autos hechos con trascendencia procesal (art. 206.2.1.ª). Por su parte, las resoluciones judiciales son providencias, autos y sentencias (art. 206.1). En la práctica de los actos de comunicación, el funcionario hace constar mediante diligencia la fecha, el resultado de la entrega y, en su caso, la negativa del destinatario, garantizando así la constancia fehaciente que ampara la fe pública del LAJ (art. 145 LEC).
1. Como tramitador/a, ¿bajo la dirección de quién se realizan los actos de comunicación (notificaciones, emplazamientos, citaciones y requerimientos) en la oficina judicial?
Los actos de comunicación se realizan bajo la dirección del Letrado de la Administración de Justicia, responsable de su adecuada organización (LEC art. 152.1).
2. En la oficina judicial debes clasificar un acto de comunicación. ¿Cuáles son las cuatro modalidades de actos de comunicación a las que se refiere la LEC al regular su dirección por el LAJ?
La LEC enumera como actos de comunicación las notificaciones, emplazamientos, citaciones y requerimientos, que se realizan bajo la dirección del LAJ (LEC art. 152.1).
3. Al tramitar un expediente debes identificar el tipo de resolución que corresponde dictar al LAJ. ¿Cómo se denominan las resoluciones de los Letrados de la Administración de Justicia?
Las resoluciones de los Letrados de la Administración de Justicia se denominan diligencias y decretos (LEC art. 206.2). Las resoluciones de Jueces y Tribunales son providencias, autos y sentencias (art. 206.1).
4. Recibido un escrito de la parte que solo requiere dar al asunto el curso legalmente establecido (sin razonar nada), ¿qué resolución del LAJ procede preparar para la firma?
Se dicta diligencia de ordenación cuando la resolución tiene por objeto dar a los autos el curso que la ley establezca (LEC art. 206.2.2.ª).
5. En la tramitación de una demanda que cumple los requisitos, hay que documentar su admisión a trámite. ¿Mediante qué resolución del LAJ se admite a trámite la demanda?
Se dicta decreto cuando se admita a trámite la demanda, cuando se ponga término al procedimiento de competencia exclusiva del LAJ o cuando fuere preciso o conveniente razonar lo resuelto (LEC art. 206.2.3.ª).
6. Para reflejar en autos los actos de comunicación practicados, ¿qué tipo de diligencia del LAJ resulta procedente?
Se dictan diligencias de constancia, comunicación o ejecución para reflejar en autos hechos o actos con trascendencia procesal; la de comunicación sirve a los actos de comunicación (LEC art. 206.2.1.ª).
7. Necesitas dejar reflejado en autos un hecho con trascendencia procesal (p. ej., que un documento se ha recibido). ¿Qué diligencia del LAJ documenta ese hecho?
La diligencia de constancia documenta un hecho con trascendencia procesal, entre las diligencias de constancia, comunicación o ejecución previstas en LEC art. 206.2.1.ª.
8. Al redactar un decreto del LAJ para la firma, ¿qué estructura formal debe respetar el documento?
Los decretos serán siempre motivados y contendrán, en párrafos separados y numerados, los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho y, finalmente, la parte dispositiva (LOPJ art. 456.3; LEC art. 208).
9. Notificada una diligencia de ordenación, la parte pregunta en la oficina el plazo para recurrirla en reposición. ¿Qué plazo debes indicar?
El recurso de reposición contra diligencias de ordenación y decretos no definitivos se interpone en el plazo de cinco días desde la notificación (LEC art. 451).
10. Se ha dictado un decreto que pone fin al procedimiento. ¿En qué plazo cabe interponer el recurso directo de revisión ante el Tribunal?
Contra los decretos que ponen fin al procedimiento o impiden su continuación cabe recurso directo de revisión ante el Tribunal, en plazo de cinco días (LEC art. 454 bis).
11. Un decreto del LAJ pone término a un procedimiento de su competencia exclusiva. La parte quiere recurrirlo. ¿Qué recurso y ante quién procede?
Contra el decreto resolutivo (definitivo) cabe recurso de revisión ante el Juez/Tribunal (LEC art. 454 bis); la reposición ante el propio LAJ procede frente a diligencias de ordenación y decretos no definitivos (art. 451).
12. Según la LOPJ, ¿qué resoluciones del LAJ son recurribles en los casos y formas previstos en las leyes procesales?
Las diligencias de ordenación y los decretos serán recurribles en los casos y formas previstos en las leyes procesales (LOPJ art. 456.4).
13. En la oficina judicial, salvo que la ley disponga otra cosa, ¿quién da de oficio al proceso el curso que corresponda dictando las resoluciones necesarias?
Salvo que la ley disponga otra cosa, el LAJ dará de oficio al proceso el curso que corresponda, dictando al efecto las resoluciones necesarias (LEC art. 179.1; LOPJ art. 456.1).
14. Tramitando un asunto, observas que ha transcurrido un plazo procesal sin actuación de la parte. ¿Qué actuación corresponde realizar en relación con el órgano?
Los LAJ darán cuenta al Juez o Tribunal de los escritos y documentos presentados, del transcurso de los plazos procesales y del estado de los autos (LOPJ art. 454; LEC art. 178).
15. Al recibir un escrito con documentos en la oficina, la parte solicita certificación de su presentación. ¿En qué función de fe pública judicial se ampara esta actuación?
El LAJ da fe, por sí o mediante el registro de cuya dirección es responsable, de la recepción de escritos con los documentos y recibos que les acompañen, expidiendo certificación cuando lo soliciten las partes (LEC art. 145.1.1.º).
16. ¿Mediante qué instrumentos deja el LAJ constancia fehaciente de la realización de actos procesales y de hechos con trascendencia procesal?
El LAJ deja constancia fehaciente de la realización de actos procesales y de la producción de hechos con trascendencia procesal mediante las oportunas actas y diligencias (LEC art. 145.1.2.º).
17. Una parte pide testimonio de unas actuaciones. Antes de expedirlo debes comprobar un requisito esencial. ¿Cuál?
El LAJ expide certificaciones o testimonios de las actuaciones judiciales no declaradas secretas ni reservadas a las partes, con expresión de su destinatario y el fin para el cual se solicitan (LEC art. 145.1.3.º).
18. En el ejercicio de las funciones de fe pública judicial, ¿requiere el LAJ la intervención adicional de testigos?
En el ejercicio de las funciones de fe pública judicial el LAJ no precisará de la intervención adicional de testigos (LEC art. 145.2; LOPJ art. 453).
19. Al entrar un nuevo asunto en la oficina judicial, debe asignarse al órgano que corresponda conforme a las normas aprobadas. ¿De qué actuación es responsable el LAJ en este punto?
El LAJ es responsable, en su caso, del reparto de asuntos conforme a las normas aprobadas y del registro de los escritos y actuaciones (LOPJ art. 454; LEC arts. 68-70).
20. La formación de los autos y expedientes y la función de documentación en la oficina judicial son responsabilidad de:
Los LAJ son responsables de la función de documentación que les es propia, así como de la formación de los autos y expedientes (LOPJ art. 454.1).
21. En una vista grabada en soporte audiovisual, ¿quién garantiza la autenticidad e integridad de lo grabado o reproducido?
Cuando se utilicen medios técnicos de grabación o reproducción, el LAJ garantizará la autenticidad e integridad de lo grabado o reproducido (LOPJ art. 453; LEC art. 147).
22. ¿Cómo se denominan las resoluciones que el LAJ dicta en el ejercicio de sus competencias gubernativas (no procesales)?
Las resoluciones que los LAJ dictan en el ejercicio de sus competencias gubernativas se denominan acuerdos (LOPJ art. 456.5).
23. Debes distinguir en autos las resoluciones según su autor. ¿Cuáles son las resoluciones propias de Jueces y Tribunales (no del LAJ)?
Las resoluciones de Jueces y Tribunales son providencias, autos y sentencias (LEC art. 206.1); las del LAJ son diligencias y decretos (art. 206.2).
24. Un procedimiento monitorio del que el LAJ tiene atribuida competencia exclusiva concluye. Para ponerle término, ¿qué resolución debes preparar?
Se dicta decreto cuando se ponga término al procedimiento del que el Letrado tuviera atribuida competencia exclusiva (LEC art. 206.2.3.ª).
25. Para materializar en autos una actuación de ejecución con trascendencia procesal, ¿qué clase de diligencia del LAJ corresponde?
La diligencia de ejecución materializa actuaciones de ejecución, dentro de las diligencias de constancia, comunicación o ejecución (LEC art. 206.2.1.ª).
26. Una parte quiere otorgar poder para pleitos por comparecencia personal ante la oficina judicial (apud acta). ¿Quién autoriza y documenta dicho otorgamiento?
El LAJ autoriza y documenta el otorgamiento del poder para pleitos por comparecencia personal (apud acta), que puede realizarse al primer escrito o por comparecencia electrónica (LEC art. 24.1, en relación con la fe pública del art. 145).
27. En el ámbito de la oficina judicial, ¿quién es responsable de los archivos judiciales de gestión, registros, libros y de la conservación y custodia de la documentación?
Los LAJ son responsables, en el ámbito de la Oficina judicial, de los archivos judiciales de gestión, registros, libros y de la conservación y custodia de la documentación (LOPJ arts. 454 y 458).
28. Respecto de las decisiones que adopten los Jueces o Tribunales en el ámbito de su competencia, el LAJ:
Los LAJ cumplirán y velarán por el cumplimiento de todas las decisiones que adopten los Jueces o Tribunales en el ámbito de su competencia (LOPJ art. 452.2).
29. En la oficina judicial, el tramitador recibe órdenes e instrucciones en el aspecto técnico-procesal de:
El LAJ dirige en el aspecto técnico-procesal al personal integrante de la Oficina judicial, ordenando su actividad e impartiendo las órdenes e instrucciones que estime pertinentes (LOPJ art. 457).
30. Frente a un decreto NO definitivo del LAJ, la parte plantea recurso. ¿Qué recurso procede y ante quién se interpone?
Frente a la diligencia de ordenación y al decreto no definitivo cabe recurso de reposición ante el propio LAJ (LEC art. 451); la revisión ante el Tribunal se reserva al decreto definitivo (art. 454 bis).
31. En un procedimiento, el LAJ debe resolver una cuestión que requiere expresar las razones jurídicas de la decisión. ¿Qué resolución corresponde, aunque no se trate de admisión ni de terminación?
Se dicta decreto, en cualquier clase de procedimiento, cuando fuere preciso o conveniente razonar lo resuelto (LEC art. 206.2.3.ª).
32. El ejercicio de la fe pública judicial en las actuaciones procesales corresponde:
Corresponde al LAJ, con exclusividad y plenitud, el ejercicio de la fe pública judicial en las actuaciones procesales (LEC art. 145.1; LOPJ art. 453).
33. Según la LOPJ, el LAJ impulsará el proceso dictando las resoluciones necesarias para la tramitación, salvo:
El LAJ impulsará el proceso en los términos de las leyes procesales, dictando las resoluciones necesarias para la tramitación, salvo aquellas que las leyes reserven a Jueces o Tribunales (LOPJ art. 456.1; LEC art. 179).
34. Cuando las leyes procesales lo prevean, ¿en cuál de estas materias asume competencias el LAJ?
El LAJ asume competencias en ejecución (salvo potestad jurisdiccional), jurisdicción voluntaria, conciliación, tramitación y, en su caso, resolución de procedimientos monitorios y mediación (LOPJ art. 456.6).
35. La responsabilidad de la estadística judicial en el ámbito de su competencia y la remisión de datos al órgano competente corresponde:
Los LAJ son responsables de la estadística judicial en el ámbito de su competencia y de la remisión de los datos al órgano competente (LOPJ art. 458).